Por un lado, la Corte Suprema de Justicia presentó un proyecto de «Ley antichicanas» para combatir la impunidad; mientras, por otro lado, un diputado presenta otro proyecto de ley con consecuencia totalmente contraria: es para favorecer la impunidad misma, comentó la magistrada, Claudia Criscioni, miembro del Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Anticorrupción.
Se refirió al proyecto que presentó el diputado, Derlis Rodríguez, cuya idea principal es reducir a tres años el proceso penal que actualmente es de cuatro años. «Es todo lo contrario a la intención de la Corte Suprema de Justicia. Es directamente para favorecer la impunidad», afirmó la magistrada.
Criscioni indicó que la iniciativa del mencionado legislador va directamente de contramano a lo que busca la Corte con la presentación del proyecto de «Ley Antichicanas», aún no tratado por el Congreso y que busca suspender los plazos de la prescripción y la extinción ante recursos dilatorios.
Según la opinión de Criscioni, publicada por www.megacadena.com.py, otra equivocación está en pretender establecer plazos de investigación de antemano, lo que sería totalmente ilógico.
El proyecto busca establecer un plazo de 30 días para que una denuncia sea objeto de una solicitud de desestimación si no es tratada por un fiscal. ¿Cómo?, se preguntó.
Sostuvo que es un problema creer que ante la sola presentación de la denuncia corresponde una imputación fiscal, cuando en realidad deben existir elementos de sospecha para plantear dicho requerimiento, fundamentó.
Las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación y Codificación de la Cámara de Diputados organizó recientemente una audiencia pública para debatir sobre el mencionado proyecto de ley. Se trata del proyecto «Que modifica los artículos 6°, 136° y 305° de la Ley N° 1.286/98 – Código Procesal Penal».
Esta propuesta legislativa plantea reducir a 3 años el plazo máximo de duración de los procesos penales de penal publica, y a 1 año y 6 meses los procesos de acción penal privada. También plantea modificaciones en el cómputo de las suspensiones de este plazo, y la posibilidad de acudir directamente al juez cuando el Ministerio Público no imputa o desestima el caso a los 30 días de haber recibido la denuncia. Fuente: Megacadena.