En sesión plenaria, la Cámara de Diputados, concedió media sanción al proyecto de ley “Que deroga el inciso “F” del artículo 194 de la Ley 125/91, modificado por Ley 2421/04, en cuanto hace a la obligación de contar con el certificado de no adeudar tributos para la obtención del pasaporte”. El proyecto fue derivado al Poder Ejecutivo para su siguiente trámite.
La Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores están de acuerdo en cuanto a que es inconstitucional cercenar el derecho al acceso a un documento de identificación como el documento internacional del pasaporte, en el entendimiento que impide el ejercicio del libre tránsito de entrada y salida del país, por un certificado de cumplimiento tributario.
El presente proyecto deroga el inciso “F” del artículo 194 de la Ley 125/91 modificado por Ley 2421/04 en cuanto hace a la obligación de contar con el certificado de no adeudar tributos para la obtención del pasaporte nacional, dejando inalterable los demás actos regulados por dicha norma y volviendo a la redacción original de la Ley 125/91 en lo que respecta a dicho articulado.
“Las autoridades no pueden negarse a expedir documentos identificatorios a los ciudadanos, como ser pasaporte o la cédula de identidad”, expresa parte de la exposición de motivos proveniente de la Cámara de Senadores.