El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), anunció que emitió la Resolución N° 671/2023, en la cual establecen el nuevo periodo de veda pesquera 2023/24, el cual que iniciará en parte de las aguas compartidas con Brasil y Argentina en diferentes periodos que comienzan el 1 de noviembre.
Como todos los años, la veda de pesca rige en todo el territorio nacional, en las modalidades de pesca deportiva y comercial; en lo respecta a la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de todo tipo de productos pesqueros.
Para los respectivos criterios en las fechas a ser implementados, fueron teniendo en cuenta los intereses de aspecto biológico, social y ambiental; en este plazo no se podrá pescar en aguas compartidas entre ambos países que comprenden los ríos Paraná, Paraguay y Pilcomayo.
Paralelamente, fue un trabajo en conjunto con otras instituciones, entre las cuales se realizarán estrictos controles en rutas, comercios, transportes y agua, para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales. Asimismo se tienen previstas verificaciones y fiscalizaciones de alto nivel multidisciplinario.
La misma establece además que todos los acopiadores y casas comerciales, como pescaderías, supermercados, restaurantes y comedores, inscriptos en el Registro Nacional de Pesca y Pescadores que tengan en almacenamiento pescados extraídos en tiempo y forma antes del inicio de la veda, deberán presentar declaración jurada de almacenamiento en la Dirección de Pesca y Acuicultura o en las Oficinas Regionales del MADES.
Esto habilita a que los productos debidamente declarados en tiempo y forma, puedan ser comercializados en el plazo perentorio de doce días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar los productos almacenados.
Multas
El Mades, pide respetar esta nueva resolución, ya que las consecuencias por multa serán muy elevadas para los infractores que se encuentren en flagrancia por violar las disposiciones ambientales.
Para la actual Veda Pesquera 2023-2024, se estiman multas que oscilarán entre 300 a 20.000 jornales mínimos por por violación del periodo de dispuesto a no pescar, es decir entre 30.927.300 a 2.061.820.000 de guaraníes, según socializaron desde las redes de internet de la cartera ambiental días pasados.