Fiscalía imputa a hombre que tenía en su poder 9 boletines firmados por miembros de mesa

La Fiscalía imputó por falseamiento de elecciones a Juan José López Osorio porque fue hallado en flagrante delito por la Policía con 9 papeletas de votación en la mano dentro del cuarto oscuro en el Colegio República Argentina, durante las internas simultáneas del domingo 18 de diciembre.

Un apoderado denunció la tenencia irregular de papeletas de votación y la Policía actuó de inmediato y encontró que López Osorio estaba con «las manos en la masa», según la Fiscalía. (Foto Fiscalía).

La imputación se basa en el artículo 276 del Código Penal que establece: «Falseamiento de elecciones. 1) El que votare sin estar habilitado o de otras manera produjera un resultado falso de una elección o falseara el resultado será castigado con pena privativa de libertad de hasta 5 años o con multa».

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El mismo artículo establece en el numeral 2) que «la misma pena se aplicará al que proclamara o hiciera proclamar un resultado falso de una elección». Finalmente, el artículo establece en el numeral 3) que «en estos casos será castigada también la tentativa».

El fiscal, Eugenio Ocampos, presentó la imputación al Juzgado de Garantías de turno para el control de los procedimientos.

El Colegio República Argentina, está ubicado sobre las calles Cerro Corá casi Constitución, en Asunción.

El ahora imputado supuestamente tenía en su poder nueve boletines en la mano, firmados por los integrantes de una mesa, posiblemente con la intención de incorporarlos dentro de las urnas habilitadas para la votación, según la Policía.

Los boletines de voto estaban en blanco. No había ninguna marca para ninguna candidatura. «El que realizó la denuncia fue Carlos Cañiza, era apoderado Honor Colorado. La Policía le agarró dentro del cuarto oscuro con las papeletas», dijo el fiscal Ocampos.

Juzgamiento de los delitos

El juzgamiento de los delitos electorales están a cargo de la Fiscalía y de los jueces penales. La Justicia Electoral solamente juzga las faltas electorales y los resultados de las elecciones. Por eso, el Código Penal regula desde el artículo 273 hasta 281 los «hechos punibles contra la constitucionalidad del Estado y el sistema electoral».

Ahora se aguarda que el juez penal de turno admita la imputación fiscal y ordene las medidas.