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viernes, 18 de octubre de 2024
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Poder Ejecutivo reglamenta ley sobre uso de las tobilleras eléctrónicas

El presidente, Santiago Peña, firmó el decreto que reglamenta el uso de las tobilleras electrónicas, pulseras u otro dispositivo de control que puede ser adherido al cuerpo de un procesado por delitos, sea por ejemplo, por feminicidio o violencia familiar.

«He promulgado el decreto que reglamenta el uso de las tobilleras electrónicas. El combate al crimen es una política de Estado y la abordamos de forma conjunta con el @MinPublicoPy, el @PoderJudicialPY, el @MJusticiaPy y el @minteriorpy. Esta medida, entre muchas otras que vendrán, forman parte de mi intención de brindar una protección integral a la ciudadanía contra el crimen», dijo el jefe de Estado al informar, vía X, sobre la promulgación.

La Oficina de Monitoreo de Dispositivos Electrónicos de Control, dependiente del Ministerio del Interior, se encargará de administrar el sistema. El sistema tendrá varios tipos de advertencias como avisos, advertencia disuasiva y alarma de activación de reacción inmediata.

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Cualquier intento de manipulación o destrucción detectada debe ser informado a la Fiscalía o al juez de la causa.

El decreto reglamenta la Ley 6568, que autoriza el uso de dispositivos electrónicos, en formato de tobilleras. 

Según había adelantado, el ministro del Interior, Enrique Riera, apenas el presidente de la República firme el decreto reglamentario se preparará la licitación para la compra de los aparatos.

Las tobilleras se usarán, por ejemplo, para evitar que los presuntos agresores en violencia familiar vuelvan a acercarse a sus víctimas, pues en el caso de que vulneren el área de prohibición, la policía debe acudir a la zona donde está el procesado y también a la casa de la víctima.

El uso de los dispositivos no podrá aplicarse a personas condenadas por crímenes o reincidentes, según el decreto.