Mario Abdo Benítez, al frente del Poder Ejecutivo, aspira a concentrar mayor poder principalmente en el ámbito administrativo y presupuestario con la excusa perfecta: el proyecto de ley “De la función Pública y la carrera del servicio civil” que envió el pasado viernes 21 al Congreso, casi sigilosamente, sin muchos aspavientos, pero con muchas normas que hasta resultan inconstitucionales a simple vista.
Aunque el proyecto es parte de un estudio y propuesta que viene de meses atrás, cuando incluso el vicepresidente había presentado un avance a la comisión bicameral de reforma, la presentación de ahora no fue para nada difundida. Ni en la página de la Presidencia ni en la de la Agencia estatal IP tuvo difusión esta presentación.
El documento, suscripto por el propio Presidente y el ministro de Hacienda, Oscar Llamosas, eludió olímpicamente la pertinencia e incumbencia de la Secretaría de la Función Pública (SFP), a la cual pretende borrar de un plumazo, pero sobre todo, contiene artículos que atentan directamente contra la independencia de los demás poderes del Estado y particularmente contra la autonomía y autarquía presupuestaria y administrativa del Poder Judicial y del Poder Legislativo, consagradas constitucionalmente.
Aunque en sus considerandos señala que el Poder Judicial, el Poder Legislativo y las Municipalidades “ejercerán sus atribuciones administrativas y operativas en forma autónoma”, en realidad en la parte dispositiva el proyecto de ley hace tabla rasa de dicha independencia que tiene raigambre constitucional y en el caso de los Poderes del Estado se halla asentado en el Artículo 3 de la Constitución “…el gobierno es ejercido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial en un sistema de separación y equilibrio, coordinación y recíproco control”. Aún más, la carta magna en su artículo 248 expresa taxativamente que “queda garantizada la independencia del Poder Judicial” y en su artículo 249 consagra su “autarquía presupuestaria”, la cual este proyecto de ley pretende desconocer y ubicar por debajo de una Subsecretaría de la Función Pública, dependiente del Ministerio de Hacienda.
En puridad, la ley busca derogar la actual Ley 1.626 que dio origen a la actual Secretaría de la Función Pública y vuelve a llevar bajo la égida de Hacienda las competencias relativas al manejo del funcionariado público, algo que no tiene una lógica ni suficiente fundamentación en la exposición de motivos.
Asimismo, sin un ápice de fundamentación y menos de racionalidad legislativa, el proyecto se ocupa de reiterar normativas producidas por el Ministerio de Hacienda y que han significado cientos y miles de acciones de inconstitucionalidad ya resueltas en fallos consistentes y sostenidos de la Corte Suprema de Justicia, como lo relativo a considerar que los montos jubilatorios percibidos por ex funcionarios del Estado debieran, según los burócratas del ministerio hoy liderado por Llamosas, ser considerados “remuneraciones del Estado”, algo que quedó total y categóricamente desvirtuado por innumerables fallos de la Corte en contra de la pretensión de Hacienda. Con esto, el Ministerio de Hacienda, apoyado por el Presidente Abdo Benítez, lo único que volverá es a provocar, si la ley se aprobase así, generar una nueva andanada de acciones de inconstitucionalidad para congestionar de manera innecesaria, y hasta negligente, el sistema judicial, en un afán desmedido e irracional de poner “su” proyecto de ley por encima de la Constitución.
El proyecto, por otro lado, aborda cuestiones básica y puntillosamente reglamentarias que dejarán casi sin ámbito de definición ni decisión a las entidades del Estado, entre las cuales se “mete” como si fueran parte del Poder Ejecutivo tanto a las cámaras del Congreso como al Poder Judicial, las municipalidades y otros entes autónomos de origen constitucional.