Un tribunal determinó que los mensajes enviados por un docente a una alumna de 11 años no constituyen delito según la legislación vigente.
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En 2022 la madre de una niña de 11 años denunció que su hija recibía mensajes inapropiados de su profesor mediante WhatsApp.
El Ministerio Público presentó como prueba más de 600 chats donde el docente escribía frases e insinuaba encuentros a solas.
Sin embargo, el Tribunal de Sentencia de Villarrica, integrado por los jueces Julio Alfonso, Juan Ruíz Díaz Gamba y Víctor Ortigoza dictó sentencia absolutoria. Esto tras considerar que los mensajes, no cumplen los requisitos del tipo penal de «abuso por medios tecnológicos» establecido en la Ley 6002/17.
Los argumentos de la defensa
El tribunal destacó que solo 5 de los 600 mensajes fueron analizados en el juicio y que la Fiscalía no aportó pruebas concluyentes de intencionalidad delictiva.
Además, mencionaron que no existió intercambio de material sexual explícito (fotos/videos), no hubo solicitud expresa de actos sexuales y que los mensajes carecían de carácter sexual.
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Tras la absolución, el MEC debe levantar las medidas cautelares que apartaban al docente del aula por lo que podría reintegrarse a dar clases.
Antecedentes del proceso judicial
El juicio duró dos días, culminó con un fallo unánime de los tres jueces que conformaban el tribunal, quienes determinaron la absolución del acusado.
Durante todo este tiempo, como medida preventiva, el docente fue apartado de sus funciones en el aula y reubicado en tareas administrativas, situación que se mantuvo durante los dos años que duró el proceso legal hasta la reciente resolución judicial.
El fiscal Rodrigo Vázquez anunció que apelará la decisión, argumentando que los mensajes configuran acoso aunque no cumplan todos los requisitos del tipo penal.
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