La base de cálculo para pagar habilitación de vehículos será 0,3%, aprobó la Cámara de Diputados, este martes. Modificó la Ley 7447/2025, que establece precios rígidos, según nomenclaturas: Estreno, Nuevo, Usado y Muy Usado. Sin embargo, todavía falta que el Senado estudie la decisión de los diputados.
El texto aprobado por los diputados dice lo siguiente: «El impuesto a la patente de rodados se calcula sobre el 0,3% del valor imponible, proveído por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV), para todas las Municipalidades de 1.ª, 2.ª y 3.ª categoría, incluida la Municipalidad de Asunción. Este monto de impuesto a patente irá decreciendo anualmente en un 5% como depreciación hasta los 10 años de antigüedad, quedando como último valor fijo el correspondiente al décimo año».
Sigue diciendo: «El impuesto a la patente de rodados calculado de acuerdo al párrafo anterior en ningún caso será inferior al 0,3% de un jornal diario y no podrá superar un salario mínimo legal vigente para actividades diversas no especificadas».
La base de cálculo para pagar: No se derogó la ley
El diputado oficialista, Alejandro Aguilera, presentó un proyecto que deroga la Ley 7447/2025. Sin embargo, la mayoría de la Cámara Baja optó por rechazar este proyecto y envió al archivo. La mayoría optó por la modificación y no por la derogación.
Los diputados también aprobaron, al modificar la Ley 7447/2025, la creación del Registro Único del Rodado. Este organismo dependerá de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. Su función será proveer el valor imponible de los vehículos.
El nuevo texto jurídico pasa al Senado para su estudio.