Un Tribunal confirmó la condena por coima al exministro de la Corte, Miguel Oscar Bajac. La condena había dictado un tribunal de primera instancia, integrado por los jueces, Inés Galarza, Rossana Maldonado y Juan Francisco Ortíz.
La condena es por 3 años de prisión para Bajac y dos años y 6 meses para su cómplice Rafael Ramirez Doldán, que era facilitador judicial y compueblano concepcionero de Bajac.
Según el Tribunal, no hay duda de que ocurrió el hecho y se demostró en juicio, de que Bajac pedía dinero a dos empresarios: Felipe Nery Paez y María Liduvina Rodríguez Mendieta, socio y propietaria de Cal Agro S.A.
Bajac fue descubierto en flagrante delito. Aunque no se consumó el hecho, la intención quedó y eso fue lo que se juzgó. El Trib unal de Apelación que confirmó la condena es la Cuarta Sala de Asunción, integrado por los magistrados: Arnulfo Arias, María Belén Agüero y Andrea Vera Aldana.
El Tribunal de Apelación señaló que «la verdad que los hechos acreditados, demostraron que los mismos acontecieron tal como en principio fueron presentados en la denuncia inicial».
Además, la imputación posterior confirmó el hecho y que con ello se justificaron en su momento la investigación, luego de que uno de los condenados ha sido sorprendido en flagrancia y detenido antes de recibir cierta suma de dinero en su afán de llevar adelante su cometido.
El delito ha sido frustrado, pero la tentativa en la conducta del autor ha tenido principio de ejecución, sin conclusión, ante la debida intervención policial, que finalmente descubrió el hecho, fundamentó el tribunal de segunda instancia.
Un Tribunal de Apelación confirmó la condena
Por su parte, Bajac, en su defensa, había fundamentado que el juicio contiene muchos errores, como ser, la falta de motivación suficiente, que hubo violación del principio de congruencia, hubo violación del principio de legalidad, imparcialidad y objetividad.
También objetó el fallo y dijo que hay «insuficiencia probatoria, decisiones basadas puramente en teorías y dogmática; arbitrarieda, que la teoría de la defensa no fue destruida, hubo violación del derecho a la defensa en juicio y que se violó el principio de la duda razonable».
Sin embargo, el Tribunal de Apelación revisó todos los antedentes, dentro del expediente, y no encontró lo que dijo Bajac en su defensa. En conclusión, confirmó la condena tanto para Bajac y para su cómplice.