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domingo, 22 de diciembre de 2024
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La Cámara de Diputados sancionó la ley que crea el Registro Unificado Nacional

La Cámara de Diputados sancionó la ley que crea el Registro Unificado Nacional. Solo falta el trámite de la promulgación, por parte del Poder Ejecutivo. A partir de la publicación del instrumento jurídico, se unificarán Registro Público (Poder Judicial), Agrimensura (MOPC) y Catastro (Ministerio de Hacienda) y los tres organismos estarán bajo dependencia del Poder Judicial.

Por un lado, los fundamentos del proyecto de ley señala necesidad de una reforma (unificación), del sistema registral y catastral de nuestro país y, por otro lado, destaca que con este instrumento jurídico se logrará la solución a la duplicación de los títulos de propiedad, al tener los registros unificados.

El documento establece que el registro de la propiedad tiene como finalidad brindar seguridad jurídica en la titularidad de los derechos reales sobre bienes inmuebles.

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“El catastro tiene como misión principal llevar un inventario detallado de todos los bienes inmuebles dentro del territorio, proporcionando información sobre su ubicación, extensión, características físicas y valor catastral; esto último, de enorme relevancia, por ejemplo, para el cálculo de impuestos”, expresa una parte de la exposición de motivos.

La diputada Cristina Villalba (ANR-Canindeyú), presidente de la Comisión de Presupuesto, explicó que se votó por el proyecto aprobado por el Senado, que habilita la presentación de la solicitud de inscripción de la escritura pública de un inmueble sin la necesidad de tener el certificado de condición de dominio.

Este trámite será para la presentación de la solicitud de la inscripción y que el Registro Público analizará esta solicitud, una vez ingresada, y si encuentra que no corresponde con los datos de los archivos, emitirá una nota negativa al respecto, indicó.

La Cámara de Diputados sancionó: Ejecutivo

El nombre completo del documento es proyecto de ley “Que crea el Sistema Nacional Unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional (RUN)”. Ahora pasa al Poder Ejecutivo para su último trámite.

Los que querían los críticos al proyecto es que la condición de dominio vaya acompañada de la solicitud de inscripción de transferencia de un inmueble. Entonces, la citada comisión aclaró que se presentará la solicitud de inscripción y no hace falta que en ese momento se adjunte la condición de dominio porque Registro Público hará la revisión y si no corresponde lo rechazará.