Diputado presenta proyecto para regular concertaciones políticas. Un aspecto destacado de la propuesta es que los candidatos de las concertaciones deben ser electos mediante el voto directo, libre, igual y secreto de los electores registrados en el padrón nacional.
La vigencia de las concertaciones nacionales se extenderá por el período de duración del cargo electivo obtenido, mientras que las concertaciones departamentales y municipales se extinguirán una vez proclamadas las autoridades electas.
El proyecto presentó el diputado José Rodríguez (ANR-Capital). Define a las concertaciones políticas como alianzas o acuerdos temporales entre partidos y movimientos políticos. El objetivo de ellos es postular candidatos en elecciones nacionales, departamentales y municipales.
El proyecto establece que para constituir una concertación nacional, según la exposición de motivos, los partidos y movimientos deberán obtener la aprobación de sus respectivas asambleas o convenciones, y formalizar el acuerdo mediante escritura pública.
Las organizaciones políticas que formen parte de una concertación no podrán presentar candidaturas independientes para los mismos cargos, salvo que decidan abandonar la concertación antes del período de inscripción de candidaturas, dice el proyecto.
Igualmente, el proyecto establece que una concertación departamental o municipal debe estar conformada por los mismos partidos y movimientos que integran la concertación regional.
Según la exposición de motivos del documento, la iniciativa busca establecer un marco jurídico claro y definido para el funcionamiento de estas concertaciones, con el fin de promover la transparencia, legalidad y representatividad en el sistema democrático paraguay
El objetivo es la presentación es modificar la Ley Nº 3212/2007, Que amplía las disposiciones del Código Electoral y crea la figura de las concertaciones”.
Diputado presenta proyecto: Temporal
La propuesta incluye regulación sobre la definición de la concertación como una organización política autónoma y temporal, con fines electorales específicos; los requisitos para la conformación de concertaciones a nivel nacional, departamental y municipal; y los elementos que deben constar en el acuerdo de constitución de una concertación.
El proyecto agrega el proceso de solicitud de reconocimiento de las concertaciones ante los tribunales electorales; la regulación de aspectos como la elaboración de padrones electorales, organización de elecciones internas y sustitución de candidatos.