En su editorial del 1 de junio de 1973, La Tribuna ya dejaba en evidencia la postura sumisa de los representantes paraguayos ante los intereses del Brasil. También criticaba el secretismo y la falta de un amplio debate público sobre el Tratado de Itaipú. 50 años después, se repite la misma historia: el gobierno de Mario Abdo Benítez, nunca planteó ante la sociedad cuál es su propuesta para renegociar el Tratado, cuáles son las reivindicaciones que se pretende conseguir para Paraguay.
LOS ANEXOS DEL TRATADO DE ITAIPÚ
Al tratarse en la Cámara de Senadores el pedido de acuerdo constitucional para la aprobación del Tratado de ITAIPU, el principal orador fue el Dr. Carlos A. Saldívar, quien defendió el dictamen de la comisión pertinente que recomendaba la aprobación del Tratado. Algunas de las manifestaciones formuladas en la oportunidad tuvieron relación con los puntos de vista sostenidos por este diario, razón que nos lleva a volver a ocuparnos de los mismos.
El Senador Saldívar restó importancia al Directorio Ejecutivo, calificándolo de ORGANISMO INFERIOR y describiendo al Consejo de Administración como el órgano más importante. Este diario, en su edición del día 29 del mes de mayo, había señalado editorialmente la trascendental importancia que tiene -a nuestro criterio- el Directorio de referencia.
Fundamentamos en ese entonces nuestro punto de vista en que el titular del Directorio Ejecutivo tiene el voto decisorio en los casos de empate, con lo que en la práctica su voto tiene el valor de dos. Y además, en que en la Nota Reversal, se determinaba asegurar al Brasil, que un ciudadano de dicho país desempeñaría dicho cargo en los diez primeros años de ITAIPU.
Por otra parte, en su conferencia sobre ITAIPÚ, el propio Canciller dijo: «EL DIRECTORIO EJECUTIVO, QUE ES SEGURAMENTE EL ORGANISMO MÁS IMPORTANTE, tiene seis directores». Como podrá notarse, las dos principales personas, según sus respectivas funciones, tienen sobre este tema, que es importantísimo, DOS OPINIONES DIAMETRALMENTE OPUESTAS.
PARA NOSOTROS, obviamente, la razón y lo exacto está en señalar la superíor importancia del Director Ejecutivo, no resultando posible entender -como se dijo en el Senado – que sus componentes serán meros empleados a sueldo fijo.
En otro pasaje, el Senador Dr. Saldívar, dijo: «Los Anexos pueden ser tomados como trámites administrativos. Los anexos pueden ser modificados mediante simples trámites administrativos». Y con respecto al Tratado manifestó: «El Tratado es lo substancial, aquello que no puede ser modificado. Es lo permanente»
Y en este punto habrá que diferir con el Senador Saldívar. Por una parte, NINGÚN TRATADO ES IRREVISABLE. Cuando existe COMÚN ACUERDO de los signatarios de un Tratado, éste puede ser dado por concluido o se lo puede modificar. Y así lo estipula claramente el Artículo XXV del propio Tratado de Itaipú, que dice así: «El presente Tratado… estará en vigencia HASTA QUE LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES, mediante nuevo acuerdo, ADOPTEN LA DECISIÓN QUE ESTIMEN CONVENIENTE».
En cuanto a los Anexos, el Art. VI estipula claramente: «FORMAN PARTE DEL PRESENTE TRATADO: a) el Estatuto de la entidad binacional denominada Itaipú (Anexo A), b) la descripción general de las instalaciones destinadas a la producción de energía eléctrica y de las obras auxiliares, con las eventuales modificaciones que se hagan necesarias (Anexo B), y c) las bases financieras y
las de prestación de los servicios de electricidad de la Itaipú» (Anexo C).
Por lo tanto, queda bien aclarado QUE LOS ANEXOS FORMAN PARTE DEL TRATADO, pero no las Notas Reversales, que sí SON SIMPLES TRAMITES ADMINISTRATIVOS. Si el Artículo III, 2, dice que «El Estatuto y los demás Anexos podrán ser modificados DE COMÚN ACUERDO por los dos gobiernos», en ninguna parte se dice que NO HARÁ FALTA LA RATIFICACIÓN. Ya que los Anexos forman parte del Tratado, de acuerdo a nuestra Constitución toda modificación debe ser aprobada por el Congreso.
Desde luego esto es lo lógico. Pensar de otra manera sería admitir la posibilidad de que los Cancilleres de ambos países puedan negociar en secreto, como lo fue el Tratado de ITAIPU, conforme lo señaló nuestro propio Canciller.
Y en esto, entendemos nosotros, está buena parte de la responsabilidad de cuanto está ocurriendo ahora. Si el borrador final del Tratado pudiera haber sido conocido antes en nuestro medio, Parlamentarios de los distintos sectores, especialistas en derecho internacional, economistas y técnicos en otras diversas materias, podrían haber dado a conocer previamente su opinión, y que por
sobre todas las cosas, se tuviera muy en cuenta la posibilidad de obtener la mayor suma de beneficios para nuestro país, que tanto necesita de ello.
Seguimos insistiendo en que no hay que vacilar ante cualquier obstáculo, con el propósito de evitar problemas futuros y asegurar el mayor provecho para nuestro pueblo. El Tratado y los demás cuerpos que lo integran son naturalmente complejos, por la esencia misma de aquello que tratan.
Posible es, por consiguiente, que pudiera haber omisiones o se puedan establecer situaciones que,
más tarde o más temprano, pudieran llevar a los respectivos gobiernos a sostener pareceres opuestos. Esto es lo que hay que evitar y por eso es que, volvemos a repetir, nunca será excesivo cuando pueda hacerse y se haga para obtener un Tratado justo, que equilibre los beneficios de las partes contratantes, y por ende, sirva en su esencia para consolidar la amistad entre los dos países y para impulsar a ritmo acelerado el progreso económico y social de ambos pueblos.
Publicado el 1 de junio de 1973