BREVE HISTORIA DE ITAIPU

General (R) Juan Antonio Pozzo Moreno

Fue demostrado hasta el hartazgo que el Salto del Guairá es parte del territorio continental del Paraguay.

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Libros de autores de vasta trayectoria han sido publicados en relación al Salto del Guairá por la Editorial El Lector en el marco “Colección Libro Blanco de la Ciudadanía”, entre ellos, el de Marco Antonio Laconich (La cuestión de límites en el Salto del Guairá, 2021) y el de Efraím Cardozo (Los derechos del Paraguay sobre los Saltos del Guairá, 2018).

A pesar de los muchos escritos sobre el tema es poco conocido los entretelones de la conspiración que propició el hundimiento del Salto del Guairá para el aprovechamiento hidroeléctrico de Brasil del río Paraná.

Conforme a los hechos históricos, el potencial hidroeléctrico del Salto del Guairá fue determinante para que los gobiernos brasileños ambicionen su inclusión en su soberanía. Como parte de la maniobra, en el Tratado Complementario de límites de 1927 se agregó un protocolo con la intención de reabrir los límites establecidos en 1872.

El Protocolo de 1930 (Moreno-Mangabeira) tenía como misión demarcar nuevamente de los límites del Tratado de 1872 (Loizaga-Cotegipe), tarea que fue encargada a una Comisión Mixta de límites y de caracterización de fronteras. Reabierto el proceso, quedaría expedito el atajo para la inclusión del Salto del Guairá en territorio de Brasil.

Al respecto del trabajo de la Comisión, advertía el historiador paraguayo Efraím Cardozo, que “En esa tarea (realizada entre 1962-1963) cuyo objetivo era determinar las altas cumbres y el consiguiente divisor de aguas, no hubo discrepancia en las delegaciones. Los datos anotados fueron por unánime acuerdo y conforme a las observaciones directas sobre el terreno apoyadas por la aerofotogrametría anteriormente realizada” (Efraím Cardozo, Los derechos del Paraguay sobre los Saltos del Guairá, pg.175).

“Nuestros actuales demarcadores, el General Ramos Giménez y el mayor Emilio Meza Guerrero, se mantienen firme en su decisión de exigir que la caracterización en el terreno siga el rumbo de las altas cumbres… La única identificación válida es la que resulta de los trabajos de 1958-1963 que establecen (sin discrepancia), fuera de toda duda, que las altas cumbres son del ramal norte” (Efraím Cardozo, Los derechos del Paraguay sobre los Saltos del Guairá, pg. 177).

La explotación hidroeléctrica

Pese a las explicaciones históricas y científicas, el Gobierno de Brasil presidido por Joao Goulart, en nota del 19 de setiembre de 1962, declaraba que el Salto del Guairá estaba situado íntegramente dentro del territorio brasileño.

El 19 de marzo de 1964, el presidente Goulart invitaba al presidente Stroessner a desarrollar un plan de explotación conjunta del Salto del Guairá, proyecto que no prosperó debido a su destitución de la presidencia a comienzos de abril del mismo año.

Antes, por recomendaciones de sus expertos, Brasil había decidido la explotación hidroeléctrica de río Paraná y no el del Salto del Guairá. El hecho se explicaba por la necesidad de compartir con el Paraguay, con arreglo de la ley, el condominio del Salto del Guairá para después hundirlo en el lecho del río Paraná.

El 17 de junio de 1965, abruptamente, Brasil ocupaba con su tropa Puerto Yporá (Phillips), territorio bajo soberanía del Paraguay asegurando el control del Salto del Guairá.

El Gobierno brasileño hizo oídos sordos a los reclamos del Gobierno paraguayo que insistía en el desalojo de la tropa invasora. Todo ello, hasta que el Secretario de Estado norteamericano Dean Rusk, durante la presidencia de Lyndon B. Johnson, encarara decididamente la cuestión en mayo de 1966.

Carecía de toda lógica que un aliado, componente de las Fuerzas Interamericanas de Paz (FIP), fuerzas que en 1965 intervenían Santo Domingo, República Dominicana, haya invadido militarmente a otro país integrante de la FIP.

La cancillería de los Estados Unidos pasaba por momentos críticos: era inminente el envío de tropas de combate en el en Vietnam en tanto que en Cuba, escalaba el conflicto. En simultáneo, Paraguay reclamaba el desalojo de la tropa invasora.

Ante el insistente pedido el secretario de Estado norteamericano, Dean Rusk, consiguió instalar una conferencia en Foz de Yguazú el 22 de junio de 1966.

El canciller brasileño, general Juracy Magalhaes, no hacía comentario alguno sobre la expulsión de la tropa de ocupación, no obstante, enfatizaba sobre la importancia de explotar la hidroelectricidad del río Paraná (La tropa invasora abandonó territorio nacional, cuando ya no podía permanecer por la crecida del embalse sucedida en 1982).

Hundir en el lecho del río Paraná el Salto del Guairá

El general Magalhaes aplicando la estrategia de las diferencias de magnitudes, argumentaba sobre los beneficios de la explotación hidroeléctrica de las aguas del Paraná, maniobra que requería hundir en el lecho del río Paraná el Salto del Guairá.

En su edición del 15 de octubre de 1978 “Jornal do Brasil” publicaba la narración del general Juracy Magalhaes al periodista Julio Ferraz respecto a la conferencia del 22 de abril de 1966 en Foz de Yguazú. “Aproveché la oportunidad para expresar a mi colega paraguayo que, si nosotros acordáramos acerca del aprovechamiento hidroeléctrico del río Paraná, esas cuestiones de límites se volverían secundarias. La zona reclamada por Paraguay quedaría en su totalidad sumergida por el reservorio de la futura usina, poco importando a quien perteneciera el fondo”.

“El Canciller Sapena Pastor quedó favorablemente impresionado por esa argumentación y pasamos a discutir el aprovechamiento hidroeléctrico del Paraná, a través de los técnicos que componían las delegaciones de Brasil y de Paraguay. Tomaba así la conferencia un buen rumbo” (Enzo Debernardi, Apuntes para la historia política de Itaipú, pg. 71).

La narración demostraba que desde tiempo atrás ya no corría el aprovechamiento hidroeléctrico del Salto del Guairá, información clave ya manejada por Stroessner.

Sin mucho preámbulo, con la figura del condominio, Paraguay abdicaba a favor de Brasil la soberanía sobre el Salto del Guairá.

Con esta determinación, no consultada con el Consejo de Estado que cumplía funciones legislativas, el presidente general Stroessner y su ministro de Relaciones Exteriores Raúl Sapena Pastor pusieron la soga al cuello al país.

Precipitaron el ecocidio y renunciaron a una fabulosa riqueza natural que resolvería el desarrollo del país, a cambio de una fábrica cuya producción aporta al Brasil el 92% y al Paraguay un exiguo 8%.

En el Acta Final, el Gobierno brasileño había logrado una victoria diplomática proclamando el “…condominio a los dos países, del Salto Grande de la siete Caídas o Salto del Guairá” (Tercera conclusión).

De agresor a condómino

Con la figura del condominio el Gobierno brasileño mudaba de país agresor a socio condómino del Gobierno paraguayo.

Para concretar la estafa, en el Acta “Concordaron en establecer, desde ya, que la energía eléctrica eventualmente producida por los desniveles del río Paraná, desde e inclusive el Salto del Guiará o Salto Grande de la Siete Caídas hasta la boca del río Yguazú será dividida en parte iguales, siendo reconocido a cada uno de ellos el derecho de preferencia para la adquisición de esta misma energía a justo precio, que será oportunamente fijado por especialistas de los dos países, de cualquier cantidad que no sea utilizada para la satisfacción de las necesidades de consumo del otro país” (Cuarta conclusión).

Solo lo referente al condominio del Salto fue considerado en el Tratado de Itaipú de 1973, todo el resto fue una mentira piadosa.

Brasil también logró añadir, con una falacia más, al “Considerando” del Tratado de Itaipú de 1973 que expresa: “…lo dispuesto en el Acta Final firmada en Foz de Yguazú, el 22 de junio de 1966, en lo que respecta a la división en partes iguales, entre los dos países, de la energía eléctrica eventualmente producida por los desniveles del río Paraná en el trecho arriba mencionado”.

El Acta Final recién pudo publicarse, in extenso, el 21 de julio de 1973 luego de la firma del Tratado de Itaipú.

Itaipú es el producto mentiroso obtenido mediante la traidora gestión del Gobierno del presidente Stroessner, quien en la sesión del Congreso del 1º de abril de 1967, había expresado, con singular cinismo, que el Acta Final de Foz de Yguazú de 1966 “fue el mejor tributo de su Gobierno al pueblo paraguayo”.

Jamás ningún gobernante del Paraguay se había atrevido a tanto.