El viceministro de Transporte del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Guido Benza, firmó la resolución N° 07/2024 que establece sanciones más duras para las empresas de transporte que incumplan con el nivel de servicio óptimo. Esto a razón de la cantidad de denuncias de los usuarios del servicio de transporte público, que se quejan de las constantes faltas en el servicio.
La nueva regulación, deja de lado a la resolución N° 58/2023 e impone mayores exigencias a las empresas operadoras de transporte permisionarias del área metropolitana de Asunción a través de la modificación en la escala de multas y reajustes de los montos de las infracciones, que entrarán en vigor a partir del próximo lunes 15 de enero.
Multas
Las multas menores que eran derivadas de las conductas de choferes de las unidades de transporte, las consideradas leves pasan de 3 a 5 jornales mínimos, y en cuanto a las derivadas de las conductas de las empresas de transporte público de pasajeros, y eran consideradas leves, ahora pasan de 5 a 10 jornales mínimos.
De esta manera, las sanciones por el incumplimiento de las condiciones de confort, como circular con el sistema de aire acondicionado deficiente o con el evaporador funcionando en una escala superior a 20°C para el servicio diferencial, tendrán una multa de 10 jornales mínimos.
Una de las sanciones introducidas y consideradas como infracción grave es no respetar las vías o carriles dedicados a la circulación de buses, con una multa de 20 jornales mínimos, con miras al cumplimiento del carril único habilitado en la ruta PY03, exTranschaco, entre Loma Pytá y Mariano Roque Alonso.
Aquellas empresas de transportes incumplidoras, deberán abonar la multa dentro de los 5 días a partir de la notificación de la infracción y, en caso de no pagar el monto de la sanción aplicada, no podrán acceder al cobro del subsidio.