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lunes, 23 de diciembre de 2024
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Arresto domiciliario para el senador argentino imputado por contrabando de divisas

El juez, Humberto Otazú, otorgó arresto domiciliario al senador argentino, Edgardo Kueider, y a su secretaria, Lara Magdalena Guinsel, en un departamento de Asunción. Estableció una fianza personal de 150 mil dólares por cada uno, a cargo del abogado Ricardo Preda.

El proceso penal contra el legislador argentino es por tentativa de contrabando tras intentar ingresar al Paraguay, vía Ciudad del Este, USD 211.102 y 646.000 pesos argentinos no declarados. Además, 3.900.000 guaraníes.

El juez tomó la decisión luego de una audiencia judicial que se realizó esta tarde en Asunción.

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La Fiscalía imputó al citado senador argentino por el presunto delito de contrabando en grado de tentativa, por los datos señalados precedentemente. El legislador estaba recluido en la sede policial de Delitos Económicos y ahora pasa a un departamento en Asunción, donde cumplirá su prisión domiciliaria.

Su detención se produjo en la madrugada del miércoles 4 de diciembre, luego de que funcionarios de la Aduana, personal de la Policía Nacional y agentes del Departamento de Delitos Económicos interceptaron el vehículo conducido por Kueider.

En el interior del rodado, también viajaba Magdalena Guinsel Costa, ciudadana argentina de 34 años, quien igualmente quedará también con prisión domiciliaria, en la misma situación.

Arresto domiciliario para el senador: incautación

La justicia se incautó también de la pareja un automóvil Chevrolet con matrícula argentina y la retención de los montos hallados, los cuales superaban ampliamente el límite permitido para ingresar al territorio nacional sin declaración previa.

La legislación paraguaya establece que una persona debe declarar ante la Aduana cualquier ingreso de divisas superior a 10.000 dólares. Al no cumplir con este requisito, Kueider y su acompañante quedaron bajo custodia y ahora quedan en prisión domiciliaria.

El acta de imputación detalla que la conducta de los involucrados encuadra en el artículo 336 del Código Aduanero, que regula los delitos de contrabando, y en el artículo 251 de la Ley Aduanera, que considera las sumas de dinero como «mercaderías» en términos legales.