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viernes, 22 de noviembre de 2024
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Hijos de paraguayos en el extranjero podrán adquirir la doble nacionalidad

Los hijos de paraguayos nacidos en el exterior podrán adquirir la nacionalidad de sus padres, según la ley que el 12 de diciembre aprobó la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo promulgó recientemente.

Por un lado, la ley garantiza al paraguayo residente en un país extranjero a mantener todos sus derechos en su país, pese a que ya no vive aquí. Por otro lado, su hijo que nace en el país extranjero podrá tener la doble nacionalidad: tanto de Paraguay como del país donde nació.

Se trata de la Ley N° 7052, con fecha de promulgación de 12 de enero. El paraguayo que adquiere otra nacionalidad no pierde el suyo, salvo que expresamente haga los trámites para quedarse con uno.

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El trámite de renuncia se debe hacer en la Corte Suprema de Justicia. Así establece la ley: «La nacionalidad paraguaya natural solo podrá perderse en caso de renuncia expresa y voluntaria ante la Corte».

Hijos de paraguayos que viven en el extranjero

Eusebio Ramón Ayala y Lilian Samaniego fueron los proyectistas. Si los hijos de paraguayos que viven en el extranjero pasan a vivir en forma permanente en el Paraguay, ellos también podrán adquirir la nacionalidad paraguaya, aunque hayan traído su documento del país donde nació.

La ley contiene algunos procedimientos para simplificar los trámites. Por ejemplo, si la persona ya cuenta con resolución judicial, ese documento ya es válido. No hace falta pedir autenticación de copias. Este trámite principalmente corresponden en temas de adopción.

Antes de esta ley, los paraguayos que adquirían otra nacionalidad tenían que hacer trámites para mantener la suya. Con la nueva ley, ya no hace falta ese trámite. El paraguayo seguirá siendo tal aunque se haya nacionalizado en otro país.

También, antes de esta ley, un paraguayo perdía su nacionalidad en caso de ausencia injustificada en el país por más de tres años, sea por adquisición voluntaria de otra nacionalidad o porque esa ausencia fue comprobada judicialmente. Esta normativa ya no rige. Con la nueva ley, solamente se puede perder la nacionalidad por renuncia voluntaria.

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